El jueves 12 de diciembre de 2013, durante la primera sesión ordinaria integrada por la nueva conformación legislativa surgida de las elecciones de octubre pasado, se estableció por sorteo utilizando un bolillero, quiénes son los legisladores que integrarán las Salas Acusadora y Juzgadora para caso de Juicio Político, según establece el artículo 93 de la Constitución de la Ciudad.
En el artículo 93 la Constitución establece que "Cada dos años y en su primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo, en una sala acusadora integrada por el setenta y cinco por ciento de sus miembros y en una sala de juzgamiento compuesta por el veinticinco por ciento restante, respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas. Cada sala es presidida por un diputado elegido por mayoría simple entre sus miembros. Cuando el juicio político sea contra el Gobernador o el Vicegobernador, la sala de juzgamiento es presidida por el presidente del Tribunal Superior".